viernes, octubre 16, 2026
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CÓDIGO DE ÉTICA – DESPIERTA OAXACA

Programa informativo independiente de radio

Vigencia: 2026
Ámbito de aplicación: Conductores, reporteros, corresponsales, colaboradores, productores y demás personas que participen en la generación, producción, edición y transmisión de contenidos de Despierta Oaxaca.


I. PRESENTACIÓN

Despierta Oaxaca es un programa informativo independiente que se transmite a través de las estaciones integrantes de Grupo Encuentro Radio, mediante espacios radiofónicos contratados para su producción y transmisión.

El presente Código de Ética establece los principios, criterios y reglas que deberán observar quienes participan en la elaboración y difusión de los contenidos periodísticos de Despierta Oaxaca.

Su finalidad es garantizar a las audiencias el derecho a recibir información veraz, plural, oportuna, clara y responsable, así como fortalecer la libertad de expresión, la libertad editorial y el ejercicio responsable del periodismo.

Este Código constituye un compromiso público de Despierta Oaxaca con sus audiencias y con el ejercicio profesional del periodismo.

Su aplicación deberá entenderse en armonía con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la legislación aplicable en materia de radiodifusión, los derechos humanos, la libertad de expresión, el derecho a la información y los principios relacionados con los derechos de las audiencias.


II. MISIÓN

Informar a la sociedad oaxaqueña sobre los acontecimientos de interés público mediante contenidos periodísticos responsables, verificables, plurales y oportunos, procurando que las audiencias cuenten con elementos suficientes para formar libremente su propia opinión.


III. VISIÓN

Consolidarse como un espacio informativo independiente, profesional y confiable, reconocido por la calidad de su trabajo periodístico, la verificación de sus contenidos, la responsabilidad de sus comunicadores y el respeto permanente a sus audiencias.


IV. PRINCIPIOS EDITORIALES

Las personas que integran Despierta Oaxaca deberán ejercer su actividad periodística bajo los siguientes principios:

1. Veracidad

La información difundida deberá sustentarse, en la medida de lo posible, en datos, documentos, testimonios, fuentes identificables o elementos verificables.

No deberá presentarse como hecho aquello que no haya sido suficientemente corroborado.

Cuando una información se encuentre en proceso de confirmación, deberá señalarse expresamente a la audiencia.

2. Independencia editorial

Despierta Oaxaca mantendrá independencia respecto de intereses políticos, económicos, partidistas, empresariales, gubernamentales o de cualquier otro grupo de interés.

La línea editorial del programa no estará determinada por beneficios, presiones o intereses particulares de las fuentes informativas.

3. Pluralidad

El programa procurará presentar diferentes puntos de vista sobre los asuntos de interés público, particularmente cuando existan posiciones encontradas o controversias.

La pluralidad no implica otorgar el mismo peso a información comprobada y a afirmaciones que carezcan de sustento.

4. Oportunidad

La información deberá difundirse con la mayor oportunidad posible, sin sacrificar la verificación y responsabilidad periodística.

5. Distinción entre información y opinión

Uno de los compromisos fundamentales de Despierta Oaxaca será distinguir claramente entre:

  • hechos e información periodística;
  • declaraciones de terceros;
  • análisis;
  • comentarios;
  • interpretación;
  • opinión personal del conductor, reportero o colaborador.

Cuando una persona integrante del programa exprese una valoración personal, deberá procurar que quede claramente identificada como opinión.

6. Contexto

La información deberá procurar ofrecer los elementos necesarios para evitar interpretaciones engañosas o descontextualizadas.

No se deberán manipular declaraciones, imágenes, audios, videos, documentos o datos con el propósito de modificar deliberadamente su sentido.

7. Rectificación

Cuando Despierta Oaxaca detecte que ha difundido un dato incorrecto, falso o impreciso, procurará corregirlo de manera clara y oportuna.

La rectificación no deberá ocultarse ni presentarse de manera que impida a la audiencia identificar el error cometido.


V. VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Antes de transmitir información de especial relevancia, quienes participen en su elaboración deberán procurar:

  1. Confirmar los datos esenciales.
  2. Contrastar información cuando sea posible.
  3. Identificar el origen de la información.
  4. Diferenciar hechos de versiones o rumores.
  5. Evitar reproducir información proveniente exclusivamente de redes sociales sin corroboración.
  6. Señalar cuando una información provenga de una fuente oficial, ciudadana, testimonial, documental o de otro tipo.
  7. Evitar presentar como confirmados hechos que se encuentren bajo investigación.

En situaciones de última hora, cuando el tiempo impida una verificación completa, deberá explicarse a la audiencia que se trata de información preliminar o en proceso de confirmación.


VI. FUENTES INFORMATIVAS

Las fuentes periodísticas serán tratadas con responsabilidad y criterio profesional.

El equipo podrá utilizar:

  • fuentes oficiales;
  • documentos públicos;
  • testimonios;
  • entrevistas;
  • fuentes ciudadanas;
  • especialistas;
  • organizaciones sociales;
  • instituciones académicas;
  • documentos judiciales;
  • información obtenida mediante solicitudes de información;
  • agencias y medios de comunicación, cuando resulte pertinente.

La utilización de una fuente oficial no exime al programa de la obligación de contextualizar y, cuando sea necesario, contrastar la información.

Cuando se utilicen fuentes anónimas o confidenciales, deberá existir una razón periodística válida para preservar su identidad.

No deberán fabricarse fuentes, testimonios, declaraciones o documentos.


VII. DERECHO DE RÉPLICA Y DERECHO DE AUDIENCIA

Despierta Oaxaca reconoce el derecho de las personas, instituciones y organizaciones a responder o aclarar información que consideren incorrecta o que afecte sus derechos.

Cuando resulte procedente, el programa procurará otorgar un espacio razonable para la aclaración, precisión o respuesta correspondiente, sin que ello implique renunciar a la libertad editorial.

Las solicitudes de réplica, aclaración, corrección, observación o queja serán recibidas y analizadas de manera responsable.


VIII. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

En la cobertura de hechos delictivos o investigaciones, Despierta Oaxaca procurará respetar la presunción de inocencia.

Se evitará presentar como culpable a una persona que no haya sido declarada responsable mediante resolución firme.

Cuando una autoridad informe sobre la detención, investigación o imputación de una persona, se procurará utilizar expresiones adecuadas como:

  • «presunto responsable»;
  • «persona detenida»;
  • «persona imputada»;
  • «de acuerdo con la Fiscalía…»;
  • «según la carpeta de investigación…»;
  • «de acuerdo con la información proporcionada por…».

El programa evitará convertir una acusación en una sentencia mediática.


IX. RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA

Los contenidos periodísticos deberán respetar la dignidad, privacidad y derechos humanos de las personas.

Se evitará:

  • lenguaje discriminatorio;
  • expresiones de odio;
  • estigmatización;
  • humillación;
  • revictimización;
  • exposición innecesaria de personas afectadas por hechos violentos;
  • difusión innecesaria de información íntima.

La cobertura periodística de hechos de violencia deberá atender el interés público y evitar el sensacionalismo.


X. COBERTURA DE VIOLENCIA, DELITOS Y TRAGEDIAS

Despierta Oaxaca evitará el tratamiento amarillista de hechos violentos.

La difusión de fotografías, videos, audios o descripciones relacionadas con violencia deberá responder a un propósito estrictamente periodístico.

Se evitará difundir material que pueda causar una afectación innecesaria a víctimas, familiares o personas menores de edad.

La información sobre hechos violentos deberá privilegiar los datos de interés público sobre el morbo.


XI. NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

En toda cobertura que involucre a niñas, niños o adolescentes se dará prioridad a la protección de su dignidad, integridad, privacidad e interés superior.

Se evitará revelar información que permita identificar innecesariamente a menores involucrados en hechos delictivos, accidentes, situaciones de violencia o circunstancias que puedan ponerlos en riesgo.


XII. PERSPECTIVA DE NO DISCRIMINACIÓN

Los contenidos de Despierta Oaxaca deberán evitar expresiones que impliquen discriminación por razones de origen, género, condición social, discapacidad, edad, apariencia, orientación sexual, identidad, religión, ideología o cualquier otra condición protegida por las leyes.

La crítica periodística y la opinión están protegidas por la libertad de expresión; sin embargo, no deberán utilizarse como justificación para promover violencia, discriminación u odio.


XIII. PUBLICIDAD Y CONTENIDO COMERCIAL

Los contenidos publicitarios deberán distinguirse claramente de la información periodística.

Ningún anunciante deberá determinar el contenido de una nota periodística por el hecho de contratar publicidad.

La publicidad, patrocinios, promociones o menciones comerciales no deberán presentarse deliberadamente como información periodística independiente.

Cuando exista contenido patrocinado, deberá procurarse su identificación correspondiente.


XIV. CONFLICTOS DE INTERÉS

Las personas integrantes del equipo deberán informar internamente cualquier relación personal, profesional, económica o comercial que pudiera comprometer su independencia respecto de una cobertura.

No deberá utilizarse la posición periodística para obtener beneficios personales.

Los regalos, favores, viajes, invitaciones o beneficios que puedan comprometer la independencia editorial deberán ser rechazados o informados a la coordinación editorial.


XV. REDES SOCIALES Y CONTENIDOS DIGITALES

Los principios de este Código también serán aplicables a las publicaciones realizadas en las plataformas digitales de Despierta Oaxaca.

Antes de publicar información en redes sociales, el equipo procurará verificar:

  • fuente;
  • fecha;
  • lugar;
  • autenticidad del material;
  • contexto;
  • identidad de las personas involucradas, cuando sea relevante;
  • posible manipulación de fotografías, videos o audios.

La velocidad de las redes sociales no deberá estar por encima de la responsabilidad periodística.


XVI. COLABORADORES, REPORTEROS Y CORRESPONSALES

Las personas colaboradoras, reporteras y corresponsales de Despierta Oaxaca deberán observar los principios establecidos en este Código.

Cada colaborador será responsable de proporcionar información obtenida de manera profesional y de informar claramente:

  • qué ocurrió;
  • dónde ocurrió;
  • cuándo ocurrió;
  • quién proporciona la información;
  • cómo se obtuvo;
  • qué elementos han sido verificados;
  • qué información permanece pendiente de confirmar.

Cuando un colaborador emita una opinión personal, deberá distinguirla claramente de los hechos reportados.


XVII. RESPONSABILIDAD DE CONDUCTORES Y PRODUCCIÓN

Las y los conductores, así como el equipo de producción, deberán procurar que los contenidos transmitidos cumplan con los principios de este Código.

La conducción editorial deberá favorecer:

  • claridad;
  • precisión;
  • pluralidad;
  • respeto;
  • contexto;
  • identificación de opiniones;
  • corrección de errores.

Los conductores podrán expresar opiniones y realizar análisis, siempre que éstos puedan ser identificados claramente como tales.


XVIII. ASESORÍA JURÍDICA

Despierta Oaxaca cuenta con asesoría de profesionales del derecho para atender consultas relacionadas con la actividad periodística y prevenir riesgos legales.

La asesoría jurídica podrá ser solicitada particularmente en asuntos que involucren:

  • posibles afectaciones al honor o reputación;
  • derecho de réplica;
  • protección de datos personales;
  • procesos judiciales;
  • investigaciones penales;
  • publicación de documentos;
  • derechos de niñas, niños y adolescentes;
  • posibles conflictos de interés;
  • solicitudes o requerimientos de autoridades.

La existencia de asesoría jurídica no implica censura previa ni sustituye la responsabilidad editorial y periodística del equipo.

Las decisiones editoriales deberán respetar la libertad de expresión y la independencia periodística, dentro del marco jurídico aplicable.


XIX. CORRECCIÓN DE ERRORES

Cuando se identifique un error periodístico, Despierta Oaxaca procurará:

  1. Confirmar la existencia del error.
  2. Determinar cuál fue el dato incorrecto.
  3. Corregirlo con claridad.
  4. Explicar, cuando resulte necesario, la naturaleza de la corrección.
  5. Evitar mantener deliberadamente información que haya sido comprobada como incorrecta.

La corrección de un error será considerada una práctica de responsabilidad periodística y no una afectación a la credibilidad del medio.


XX. QUEJAS, SUGERENCIAS Y OBSERVACIONES DE LAS AUDIENCIAS

Las audiencias podrán formular observaciones, comentarios, sugerencias o quejas relacionadas con los contenidos de Despierta Oaxaca.

El programa procurará establecer canales accesibles para recibir dichas comunicaciones y darles seguimiento.

Las inconformidades serán revisadas tomando en cuenta:

  • el contenido señalado;
  • la fecha y hora de transmisión;
  • el contexto en que fue difundido;
  • la información disponible;
  • los principios establecidos en este Código.

Cuando una observación sea fundada, se podrán adoptar medidas como aclaración, rectificación, contextualización o corrección.

Este mecanismo interno es independiente de los procedimientos y atribuciones que correspondan a la concesionaria, a la defensoría de audiencias o a las autoridades competentes.


XXI. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LIBERTAD EDITORIAL

Despierta Oaxaca reconoce que el ejercicio periodístico implica la posibilidad de investigar, cuestionar, criticar y analizar asuntos de interés público.

Este Código no deberá interpretarse como una obligación de evitar opiniones críticas ni como una limitación a la libertad de expresión.

El compromiso ético del programa consiste en que la crítica y la opinión estén claramente identificadas y se ejerzan con responsabilidad, evitando presentar opiniones como hechos.


XXII. COMPROMISO CON LAS AUDIENCIAS

Despierta Oaxaca reconoce a sus audiencias como parte fundamental de su actividad periodística.

Por ello, se compromete a:

  • respetar su derecho a recibir información;
  • promover contenidos plurales;
  • distinguir información y opinión;
  • evitar la desinformación deliberada;
  • corregir errores;
  • respetar la dignidad humana;
  • proteger a grupos en situación de vulnerabilidad;
  • atender observaciones y quejas;
  • preservar la independencia editorial;
  • ejercer responsablemente la libertad de expresión.

XXIII. ALCANCE Y APLICACIÓN

Este Código será aplicable a todas las personas que participen en la producción, conducción, reporteo, corresponsalía, colaboración y generación de contenidos de Despierta Oaxaca, tanto para radio como para sus plataformas digitales.

La participación en el programa implica el compromiso de conocer y observar los principios establecidos en este documento.


XXIV. NATURALEZA INDEPENDIENTE DEL PROGRAMA

Despierta Oaxaca es un programa informativo independiente que utiliza espacios radiofónicos contratados dentro de Grupo Encuentro Radio.

El presente Código establece los principios editoriales y éticos propios del programa y de su equipo de trabajo.

Su existencia no sustituye ni pretende sustituir las obligaciones legales, reglamentarias, administrativas o de defensoría de audiencias que correspondan al concesionario o responsable de cada estación de radiodifusión.

Cuando un contenido sea transmitido simultáneamente a través de distintas estaciones, Despierta Oaxaca mantendrá los mismos principios editoriales y criterios periodísticos establecidos en este Código.


XXV. VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN

El presente Código de Ética entrará en vigor a partir de su aprobación por la dirección editorial de Despierta Oaxaca.

Podrá ser revisado y actualizado cuando existan cambios en:

  • la legislación aplicable;
  • las disposiciones relacionadas con los derechos de las audiencias;
  • las necesidades editoriales del programa;
  • los mecanismos de atención a las audiencias;
  • las mejores prácticas periodísticas.

Las modificaciones deberán ser comunicadas al equipo de trabajo y, en su caso, puestas a disposición de las audiencias.


DECLARACIÓN FINAL

Despierta Oaxaca asume públicamente el compromiso de ejercer el periodismo con responsabilidad, independencia y respeto a las audiencias.

Nuestro compromiso es informar con datos, verificar antes de afirmar, distinguir los hechos de las opiniones, escuchar las distintas voces y reconocer nuestros errores cuando éstos ocurran.

La libertad de expresión constituye un derecho fundamental y, al mismo tiempo, una responsabilidad frente a la sociedad.

Informar es nuestra responsabilidad.
La audiencia es nuestra razón de ser.

DESPIERTA OAXACA
Despierta con la verdad. Despierta con dignidad.

ENERO DEL 2026

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