El Congreso de Oaxaca aprobó nuevas disposiciones en materia de movilidad y seguridad vial que modifican las reglas para peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas en el estado.
La nueva Ley de Movilidad establece una jerarquía de movilidad, en la que primero están los peatones, particularmente personas con discapacidad o movilidad limitada; después quienes utilizan bicicleta y transporte público, mientras que los vehículos particulares quedan en un nivel inferior de prioridad.
Entre los cambios destaca la regulación para motocicletas y bicicletas eléctricas. Las motos con cilindrada menor a 100 centímetros cúbicos, las bicimotos y las bicicletas eléctricas con potencia de 250 watts o más no podrán circular por vías rápidas, autopistas urbanas ni zonas con alta actividad peatonal, cultural o gastronómica.
Su circulación quedará limitada a calles consideradas vías terciarias o aquellas donde la velocidad máxima sea de 30 kilómetros por hora.
La legislación también establece que vehículos no motorizados destinados exclusivamente a actividades recreativas no podrán utilizarse como medios de transporte en las vías públicas.
Otro cambio está relacionado con la prevención de accidentes viales. La nueva normativa establece reglas específicas para atender siniestros y determina que los puntos de control de alcoholimetría serán responsabilidad de la Policía Vial Estatal.
Además, contempla la participación de organismos de derechos humanos, organizaciones civiles, medios de comunicación y personal de la Secretaría de Honestidad y Función Pública como observadores de estas acciones.
Las nuevas disposiciones buscan modificar la forma en que se ordena la movilidad en Oaxaca, con mayor prioridad para peatones y transporte no motorizado, aunque su aplicación implicará nuevas restricciones para determinados vehículos.



